Kazajstán
Kazajstán |
No ha firmado ni ratificado el Convenio de La Haya.
NOTA IMPORTANTE:
Ante las irregularidades detectadas, por acuerdo de Directoras y Directores Generales en reunión de fecha 8 de julio de 2008, se suspende la tramitación de nuevos expedientes con este país. A partir del 11/07/2008 no se admitirán nuevas solicitudes.
Adoptantes.
Estado Civil:
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Matrimonios y mujeres solteras, divorciadas o viudas.
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No aceptan parejas de hecho.
Edad:
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La diferencia de edad máxima entre adoptantes y adoptado o adoptada no debe sobrepasar los 45 años.
Menores.
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Debe estar inscrito en el Registro Centralizado de menores por un período mínimo de tres meses.
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Huérfanas o huérfanos o en situación de abandono, con renuncia expresa de sus progenitores.
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En situación de abandono.
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Con edad superior a 10 años deberá dar su consentimiento a la adopción.
Formas de adopción.
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La adopción es realizada por el tribunal competente.
Efectos de la adopción.
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Crea vínculos de filiación similares a los consanguíneos.
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Rompe vínculos de filiación con la familia biológica.
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La adopción podrá ser declarada nula por los tribunales en los supuestos previstos en la ley.
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La adopción se inscribirá como plena en el Consulado de España en Kazajstán.
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Las y los menores adoptados conservan su nacionalidad de origen.
Documentos del expediente.
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Solicitud dirigida al organismo Central de Educación en Kazajstán.
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Certificado de trabajo e ingresos.
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Certificado médico.
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Fotocopia del Libro de Familia o fe de vida y estado, en su caso.
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Fotocopias del DNI y pasaporte con 5 fotos tipo carnet.
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Certificado de la Policía sobre requisitos de entrada del o la menor en España. Si algún miembro de la pareja tiene nacionalidad extranjera, deberá presentar a su vez el permiso de entrada y residencia de los órganos competentes del país de su nacionalidad.
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Certificado de penales.
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Fotos de las personas adoptantes, de la familia, de la vivienda y su entorno.
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Poder notarial para la persona representante.
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Compromiso de mantenimiento de nacionalidad kazaja del adoptado o adoptada hasta su mayoría de edad, informes y visitas.
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Informe Psicológico.
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Informe Social.
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Certificado de Idoneidad.
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Compromiso de seguimiento.
Organismo público competente.
Organismo Central de Educación de Kazajstán.
Tramitación en España.
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Kazajstán admite sólo la tramitación por Entidad Pública, tramitándose por ésta el expediente completo.
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La legislación del país prohíbe la acreditación de ECAIS.
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Todos los documentos deberán ser apostillados y traducidos, por traductora o traductor jurado, al kazajo o al ruso.
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El expediente se enviará con un original y dos copias.
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Una vez en España, deberá inscribirse al o la menor en el Registro Civil correspondiente.
Tramitación en el país.
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El expediente se remite al Ministerio de Asuntos Exteriores y al Ministerio de Educación y Ciencias de Kazajstán para su visto bueno y remisión a una región del país.
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El organismo competente de la región comunica al representante de las personas solicitantes la fecha para viajar al país.
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Las solicitudes permanecen en el país de 3 a 6 semanas. Una vez asignado o asignada la menor, deben convivir durante dos semanas.
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Transcurrido ese plazo, se celebra el juicio y la sentencia de adopción es firme pasados 15 días. Una vez celebrado el juicio, las personas adoptantes pueden regresar, si lo desean, a España.
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Los trámites concluyen con la inscripción consular del o la menor en el Ministerio de Exteriores de Astona y la concesión del visado para el o la menor de la Embajada de España.
Embajadas y Consulados.
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Embajada de Kazajstán en España
C/Sotillo nº 10
Parque del Conde de Orgaz
28043 MADRID
Teléfono: 917216290
Fax: 917219374
Email: [email protected]
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Embajada de España en Kazajstán
C/ Kenesary, 47 apto. 25
ASTANA -KAZAJSTAN-
Teléfono: (3172) 910450/05
Email: [email protected]
Seguimiento.
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Un Informe anual hasta que cumpla la mayoría de edad.
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Los seguimientos deberán ser apostillados y traducidos al kazajo o al ruso.