República Checa

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Está en vigor el Convenio de la Haya desde el 01-06-2000.

Adoptantes.

  • Estado Civil: En la modalidad de adopción plena, irrevocable, sólo pueden adoptar los cónyuges o uno de los cónyuges que vive en matrimonio con uno de los progenitores de la o del adoptado. Excepcionalmente puede adoptar de esta forma una persona sola, a condición de existir las premisas para que esta adopción logre su finalidad social.

 

  • Edad: entre adoptante y adoptado debe existir una diferencia de edad proporcional.

Menores.

  • Sólo pueden ser adoptados menores que tenga más de un año.
  • Tendrán que consentir a la adopción:
    – Los progenitores, cuando tengan el ejercicio de la patria potestad. Sólo podrán dar su consentimiento seis semanas después del nacimiento del hijo o la hija. En su caso, el representante legal del o la menor.
    – En todos los casos de procedimiento de adopción, se debe designar al menor un tutor o tutora, que representa en cierto modo a los progenitores, como defensor de los intereses del niño o la niña.
    – Para la adopción del o la menor por parte de extranjeros se requiere la aprobación de la Oficina para la protección internacional de menores.

Formas de adopción.

  • La adopción es decidida por el tribunal, a instancia de la persona adoptante. En el caso de una adopción para el extranjero, debe adjuntar a su instancia la decisión en vigor de la Oficina para la protección internacional de menores (art.67.3)autorizando la adopción.
  • Antes de decidir el tribunal la adopción del o la menor, éste debe estar atendido durante un plazo de 3 meses por el futuro adoptante que costea los gastos.
  • La decisión adoptada por las autoridades locales tiene carácter judicial.

Efectos de la adopción.

  • Adopción plena:
    -Rompe vínculos con la familia biológica.
    -Crea vínculos de filiación como por naturaleza con la familia adoptiva.
    -Es irrevocable

Documentos del expediente.

  • Certificado de Idoneidad.
  • Informe Social.
  • Informe Psicológico.

Embajadas y Consulados.

  • Embajada de España en la República Checa
    Pevnostní, 9
    16200 Praga 6
    Teléfono: 224311222 y 224311440
    Fax: 233341770
    Email: [email protected]
  • Embajada de la República Checa en España
    Avda. Pío XII nº 22-24
    28016 Madrid
    Teléfono: 913531880
    Fax: 913531885
    Email: [email protected]

 

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