Ucrania

Ucrania

 

Ha firmado el Convenio de la Haya, no lo ha ratificado, ni está en vigor.

No existe protocolo de coordinación con España.

NOTA IMPORTANTE:

 

  • El número de expedientes que podrán iniciarse en el 4º trimestre de 2008 asciende a 450 para todos los países.
  • Las modificaciones de la Ley de Adopción ucraniana, aprobada en abril, prohibe la adopción de monoparentales.

Adoptantes.

  • Edad: Ser mayor de edad (18 años) y tener plena capacidad legal. La diferencia de edad entre el o la menor y las personas adoptantes no pueden ser más de 45 años. Tienen que cumplir además los requisitos establecidos por la legislación española.
  • Estado Civil:
    • Matrimonios. No admiten parejas de hecho. 
  • Tener una diferencia con el o la adoptante de, al menos, 15 años.
  • Tiempo de permanencia en el país: Aproximadamente de 25 a 30 días. Si el juicio de adopción es a más largo plazo, las personas solicitantes pueden volver a viajar a Ucrania para la fecha del juicio.

Menores.

  • Sólo pueden ser adoptados menores de edad, huérfanos o huérfanas, en situación de abandono, de progenitores desconocidos o que hayan consentido a la adopción, que estén inscritos en el Registro del Centro de Adopciones del Ministerio de Educación, durante un periodo de 14 meses mínimo, con el fin de dar prioridad a la adopción nacional.
  • Mayor de 10 años debe dar su consentimiento a la adopción.
  • El consentimiento por escrito para la adopción de menores la tienen que dar los progenitores, tutores o el establecimiento público en el que esté acogido, y deber ser certificado ante la Notaría o ante quien ostente la dirección del Centro que lo o la acoge. El consentimiento puede retirarse en cualquier momento antes de que se pronuncie la adopción.
  • La Directora del Departamento de Estado Ucraniano informa que no hay menores de edad inferior a 5 años susceptibles de Adopción Internacional. Los que existen están enfermos tienen varios hermanos. El 95% de los menores adoptables tiene más de 7 años.

Formas de adopción.

  • La decisión adoptada por las autoridades locales es de carácter judicial.

Efectos de la adopción.

  • Plena.
  • Conserva su nacionalidad ucraniana.

Documentos del expediente.

  • Solicitud dirigida al Centro de Adopción de Ucrania (Ministerio de Educación). Deben indicar domicilio, correo electrónico y teléfonos de contacto.
  • Autorización de las autoridades competentes de entrada y residencia definitiva en España .
  • Documentos sobre ingresos y propiedades (Declaración de la Renta).
  • Certificados médicos en impreso oficial que contemple chequeo médico y resultado de análisis según las indicaciones establecidas en el Centro de Adopciones, como son:
    • Datos de identificación, nacimiento y domicilio.
    • Datos de chequeo médico:
      • Dermatólogo-venereólogo: diagnóstico y fecha.
      • Psiquiatra: diagnóstico y fecha.
      • Neumólogo: diagnóstico y fecha.
      • Traumatólogo: diagnóstico y fecha.
      • Narcólogo/Toxicólogo: diagnóstico y fecha.
    • Resultados de análisis y pruebas.
      • Reacción de Wasserman: fecha, resultado numérico y conclusión.
      • VIH: fecha, resultado numérico y conclusión.
      • Conclusión final.
  • Certificado literal de matrimonio, en su caso.
  • Certificado de antecedentes penales que se enviará directamente a la D. Gral. cuando ésta avise a la familia.
  • Fotocopia del pasaporte o DNI
  • Consentimiento notarial del miembro de la pareja en caso de adopción exclusiva por otro miembro de la pareja.
  • Compromiso manifestando lo siguiente:
    • Inscripción del niño o la niña en la Sección Consular de Ucrania en España, en el plazo de un mes.
    • Informar (como mínimo una vez al año) de su evolución al Consulado de Ucrania en España.
    • Aceptar que, el o la oficial del Consulado de Ucrania en España se comunique con el o la menor adoptado.
    • Comprometerse a que conserve la nacionalidad ucraniana hasta los 18 años.
  • Justificativa de documentación propiedad o de usufructo de vivienda.
  • Se adjuntarán al expediente copia de poderes para los facilitadores en Ucrania y fotocopia de sus pasaportes.
  • Informe psicológico
  • Informe social
  • Certificado de idoneidad

Organismo público competente.

  • Departamento Estatal de Adopciones y Protección
    de los Derechos del Menor
    Ministerio de Juventud y Deporte
    C/ Desyatinna, 14
    01025 KIEV
    UCRANIA
    Fax:2787157 Teléfono: 2784045 (Servicio de recepción e información de familia)

Tramitación en España.

  • Se tramita el expediente completo. 

    – Directamente por las propias personas interesadas o a través de sus representantes en Ucrania.

    La recepción de expedientes se realizará en el Departamento estatal (C/ Desiatinna, 14) previa cita. Los días y horas de recepción de expedientes son: 

    Martes y Jueves 15.00-17.00 facilitadores.
    El teléfono de contacto para pedir hora para la entrega de expedientes es 2784045 de 15.00-18.00.

  • Toda la documentación deberá apostillarse y traducirse al ucraniano. La traducción deberá realizarse en España por las traductoras o los traductores autorizados por el Consulado de Ucrania en Madrid.
  • Por indicación de las autoridades ucranianas, el expediente deberá remitirse al país en carpeta «azul-celeste», la cual, en su caso, deberá aportar la familia. En el exterior aparecerá el país y nombre completo de las personas solicitantes. En el interior de la carpeta, lista de documentos a entregar. Cada documento tendrá explicación en lápiz en el ángulo superior derecho.(p.e. certificado médico marido)
  • Toda la documentación presentada deberá tener vigencia como mínimo de 6 meses después de la fecha de entrega, ésta vigencia no afecta a los penales.
  • Nacionalidad: Hay que tener en cuenta que cuando se tramite un expediente con este país queda pendiente de resolver el tema de la nacionalidad del niño o la niña, ya que tanto España como Ucrania han firmado el Convenio de Europa sobre Nacionalidad no admitiendo por tanto la doble nacionalidad.

Tramitación en el país.

  • Por indicación de las autoridades ucranianas, aquellas familias cuya idoneidad sea para un o una menor o grupo de hermanos o hermanas, preferentemente tenderán a la adopción del grupo de hermanos o hermanas.
    Por otra parte, aquellas familias cuya idoneidad sea para un o una sola menor, no podrán en el mismo proceso adoptar a sus hermanas o hermanos.
  • Menores susceptibles de adopción internacional: deberán estar registrados durante 14 meses en la Base Central de Datos del Centro de Adopciones.
  • La familia a través de sus representantes deberán presentar el expediente completo al Departamento de Adopciones que verificará el contenido del mismo.
    Una vez realizado esto, dará cita (aproximadamente en unos 3 meses) para la presentación efectiva del expediente e inicio de los trámites.
  • El Departamento Estatal no comunicará la fecha de expiración de la documentación presentada. La caducidad de documentación será motivo de baja en el registro de candidatos y candidatas.
  • Establecido el contacto con el o la menor, las personas solicitantes dirigirán petición para su adopción al Departamento de Educación de la residencia del niño o la niña. 
  • La familia tiene derecho a recibir información sobre el niño o la niña a adoptar, así como hacerle un examen médico adicional, en presencia de un o una responsable del orfanato.
  • El Departamento de Educación de la residencia del o la menor aprobará la decisión de adoptar, comunicando esta aprobación a las personas solicitantes. Recibida esta, deberán dirigirse al Centro de Adopciones mostrando su acuerdo para la adopción.
  • Dada la primera cita a la familia para el conocimiento del o la  menor, si hubiera algún problema, las familias tendrán opción a una segunda cita, sólo con carácter excepcional.
  • El Centro de Adopciones dará su consentimiento para la adopción mediante resolución que será entregada en el juzgado correspondiente.
  • Emitida la sentencia de adopción, esta será firme en el plazo de 10 días.
  • Todos los documentos tienen una validez de un año,salvo el certificado de penales que tiene 3 meses.
  • La familia tiene las obligaciones de: estar presente obligatoriamente durante el proceso judicial de la adopción; recibir la sentencia de adopción; recoger al o la menor del orfanato; y, una vez en España, informar al Consulado de Ucrania sobre las codiciones de vida y educación del niño o la niña. 
  • En los casos de adopción simultánea de hermanos o hermanas, es necesario un duplicado del expediente original siempre que no estén en el mismo centro.

 

Embajadas y Consulados.

  • Embajada de Ucrania en España
  • Cancillería
    C/Ronda de la Abubilla, 52
    28043 MADRID
    Teléfono: 917489360
    Fax: 913887178
    Email: [email protected]
  • Sección Consular
    C/Claudio Coello, 116-planta baja
    28006 MADRID
    Teléfono: 917489378
    Fax: 917590328
  • Consulado de Ucrania en Málaga
    C/ Maestranza 23, 1º Drcha
    29016 MÁLAGA.
  • Embajada de España en Ucrania
    Vul. Khoriva, 46
    01901 Kyiv
    Teléfono: 2131858 – 2130481 – 2382630 – 2382646
    Fax: 2130031 – Fax visados: 2113815
    Email: [email protected]

Seguimiento.

  • Las familias adoptivas deberá inscribir al o la menor en el Consulado de Ucrania en Madrid. La familia tiene la obligación de informar al Consulado de Ucrania en España, sobre las condiciones de vida y educación del niño o la niña con periodicidad anual durante los 3 primeros años posteriores a la adopción y cada 3 años hasta alcanzar la mayoría de edad. Así como comunicar los cambios de domicilio.

Observaciones.

  • El Centro de Adopciones de Ucrania considera que las personas solicitantes de adopción tienen que tener presente las siguientes dificultades:
    Ante el aumento de la demanda de adopción en Ucrania, las familias tendrán que esperar más tiempo para que se les asigne algún menor, asumiendo por tanto, el riesgo de la caducidad de los documentos del expediente.
    Existe escasez de niñas y niños sanos y de edad pequeña.
    Los Tribunales de Justicia, a veces, son muy exigentes y sin criterios uniformes.
    Los trámites burocráticos a veces son imprevisibles.

 

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