Armenia

Armenia

 

No ha firmado ni ratificado el Convenio de la Haya.

Adoptantes.

  • Estado Civil: aceptan matrimonios y personas solteras.
  • Edad: Pueden adoptar las personas mayores de 18 años.

Menores.

  • Deben figurar en un fichero centralizado de menores adoptables del Ministerio de la Seguridad Social, salvo que los progenitores hayan dado su consentimiento por escrito a favor de las personas adoptantes.
  • Sólo son adoptables menores cuyos progenitores han sido privados de la patria potestad o declarados incapaces, ausentes o fallecidos por el tribunal o han dado su consentimiento para la adopción por escrito o han abandonado al menor por un período superior al año.
  • Los que encuentran abandonados no son adoptables antes de que transcurra un período de tres meses, desde que se dicta el acta en la que se establece su estatus de menor encontrado por las autoridades competentes del Ministerio del Interior.
  • Si está tutelado, es necesario el consentimiento del tutor o la tutora.
  • Los progenitores y quienes tienen la tutoría pueden revocar el consentimiento a la adopción hasta el momento en que se dicte la resolución de la misma.
  • Si es mayor de 10 años se requiere su consentimiento.

Formas de adopción.

  • La decisión de adopción corresponde al órgano de autogestión local, es por tanto de carácter administrativo.

Efectos de la adopción.

 

  • Rompe vínculos con la familia biológica.
  • Crea vínculos de filiación, similares a los de origen, con la familia adoptiva.
  • Puede ser anulada o revocada sólo por decisión judicial, teniendo en cuenta el interés del menor o la menor. En este supuesto si hubiese alcanzado la edad de diez años, el tribunal tendrá que tener en cuenta su opinión sobre la revocación, excepto si se produce por incumplimiento de las obligaciones del adoptante.

Documentos del expediente.

  • Solicitud de adopción especificando las características del niño o la niña. (edad, sexo).
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificación de domicilio (alquiler o propiedad).
  • Certificación de empleo, mencionando el salario o adjuntando una nómina.
  • Fotocopia de documento nacional de identidad o pasaporte.
  • Certificado médico sobre el estado de salud física y psíquica.
  • Certificado de ingresos (Declaración de la renta, estado de cuentas bancarias o certificado de la empresa).
  • Cartas de recomendación (de persona relevante de la empresa en la que se trabaja, de una institución social reconocida).
  • Informe Psicológico.
  • Informe Social.
  • Certificado de idoneidad.

Organismo público competente.

  • Ministerio de la Seguridad Social.

Tramitación en España.

  • Admite la tramitación del expediente completo a través de la Entidad Pública.
  • Todos los documentos deberán estar traducidos al armenio y apostillados.
  • La embajada de España en Moscú se encarga de los asuntos de Armenia.
  • El expediente se envía por vía diplomática a la Embajada de España en Moscú y esta a su vez lo envía a la Embajada de Armenia en Moscú, que se encargará de legalizarlo y enviarlo a la Comisión Republicana en Armenia.

Tramitación en el país.

  • La Comisión republicana, una vez recibido el expediente completo emite, en el plazo de un mes, un informe sobre la capacidad para adoptar de las personas solicitantes. Si el informe es favorable, se inscriben en el registro centralizado del Ministerio de la Seguridad Social.
  • Una vez registrados, se dirigen a la Comisión republicana para obtener información sobre un o una menor susceptible de ser adoptados. Cuando él o la adoptante aceptan a un niño o una niña en concreto, la Comisión republicana informa al Ministerio Social y se organiza un encuentro.
  • Una vez se confirma la aceptación, esta vez con el menor o la menor presente, las personas solicitantes dirigen a la autoridad competente de la comunidad local, el expediente de adopción, con el fin de que se dicte la resolución de adopción. La citada autoridad dicta la resolución de adopción, en su caso, una vez obtenida la autorización del Gobierno de la República de Armenia.

Embajadas y Consulados.

  • EMBAJADA DE ESPAÑA EN RUSIA
    Ulitsa Bolshaya Nikitskaya 50/8
    Moscú 121069
    Teléfono: 2022161-2022180-2022610-2022657
    Fax: 7877118-2919171
    email: [email protected]
  • EMBAJADA DE ARMENIA EN ROMA
    Via del Coll della Farnesina, 174
    00194 ROMA
    Teléfono: 39063296638
    Fax: 39063297763
    email: [email protected]

 

No hay experiencia de tramitación de Adopciones Internacionales en este Estado.

 

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