Burkina Faso

Burkina Faso

 

Firma el Convenio de la Haya el 19/04/94 y lo ratifica el 11/01/96, entrando en vigor el 1/05/96.

Adoptantes.

  • Edad: Tener cumplidos 30 años.
  • La diferencia de edad entre adoptante y menor debe ser de la menos 15 años.
  • Estado Civil: Pueden adoptar los matrimonios con más de 5 años de casados y que al menos uno de los cónyuges tenga 30 años cumplidos.
  • Aceptan a personas solteras, mayores de 30 años.
  • No aceptan a parejas de hecho.
  • Tienen prioridad los matrimonios sin hijos o hijas.

Menores.

  • Si tiene más de 15 años debe consentir personalmente la adopción.

Formas de adopción.

  • La resolución adoptada por las autoridades locales es de carácter judicial.

Efectos de la adopción.

  • Plena.

Documentos del expediente.

  • Dos solicitudes motivadas, una dirigida al Ministerio de Acción Social y de la Familia y la otra al Presidente del Tribunal de Primera Instancia.
  • Certificado de estado civil.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificación del domicilio en propiedad o alquiler.
  • Certificado médico.
  • Certificado de empleo y de ingresos.
  • Certificado de penales.
  • Certificado de esterilidad, en su caso.
  • Copia de las dos primeras páginas del pasaporte, compulsadas.
  • Informe psicológico.
  • Informe social.
  • Certificado de idoneidad.
  • Compromiso de seguimiento.

Organismo público competente.

  • Ministèrie de l’Actión Sociale et de la Famille
    01 BP 515
    01 OUAGADOUGOU
    BURKINA FASO

Tramitación en España.

  • Se tramita el expediente completo a través de la Entidad Pública o ECAI.
  • Todos los documentos deberán estar traducidos al francés y legalizados. No se requiere la autenticación de los documentos en el Consulado de Burkina Faso en París, sólo es necesario sellar en dicho consulado las solicitudes de adopción. Para ello debe hacerse un giro al Consulado de Burkina Faso en París, acompañado de un sobre sellado y con los timbres correspondientes dirigido al organismo competente en Burkina Faso.
  • La Embajada de España en Costa de Marfil se encarga de los asuntos en Burkina Faso.
  • Preasignación: Una vez aceptada la asignación por la familia, la Dirección General deberá cumplimentar documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del proceso de adopción, según lo establecido en el Art.17.C del Convenio de la Haya.
  • Aceptada la preasignación del niño o la niña, la familia adoptiva deberá abonar aproximadamente 90 euros para la atención del menor o la menor en una institución o familia.

Tramitación en el país.

  • Antes de salir del país deberán solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituido conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).

Embajadas y Consulados.

  • EMBAJADA DE BURKINA FASO EN FRANCIA
    159 Boulevard Hausmann
    75008 PARIS
    Teléfono: 43599063
    Fax: 42565007
    Email: [email protected]
  • EMBAJADA DE ESPAÑA EN COSTA DE MARFIL
    Impasse Ablaha Pokou
    Cocody Danga Nord
    08 B.P. 876
    ABIDJAN 08
    COSTA DE MARFIL
    Email: [email protected]

Seguimiento.

Dos informes el primer año de la llegada del menor y un informe anual hasta la mayoría de edad.

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