Cuando la apropiación de personas y la adopción están separadas por una gruesa línea de ilegalidad
La Licenciada en psicología Gabriela Perino analizó la presencia de esta problemática en una sociedad de consumo que a veces prioriza la inmediatez en desmedro de la legalidad.
Gabriela Parino se refirió a la diferencia importante que hay entre la apropiación y la adopción de menores, basada en casos que han ocurrido en diferentes puntos del país, y de personas que buscan sus orígenes biológicos a través de medios de comunicación nacionales.
En este sentido, afirmó: “Me parece importante destacar que estos casos reflejan la realidad de muchas personas que han sido apropiadas en nuestro país, que dan testimonio y padecen en cuerpo propio los efectos dolorosos de una sociedad que naturaliza estas situaciones”.
Ahondando en esta problemática, recordó que “apropiación” es un término que cobró relevancia en los casos de sustracción de niños en la época de la dictadura militar, alertando que no obstante, en períodos democráticos se apropió y se siguen apropiando niños de manera permanente después de ese período oscuro de la historia argentina.
“Es un término cruel, ya que estamos habituados a personificarlo en torturadores. Pero también lo encarnan personas comunes que han pasado estados de vulnerabilidad extrema ante dificultades en su fertilidad, encaminándose hacia estas acciones por desesperación o falta de conocimiento, entre otras causas que no quiero adentrarme en juzgar”, manifestó.
Además dijo que erróneamente se las llama “adopciones ilegales” pero que esta denominación es contradictoria puesto que la condición necesaria para que el vínculo familiar entre padre e hijo -que no comparten la misma biología- sea por adopción es la mediación de la ley, de la justicia.
Apropiación
“Apropiar es el acto de falsificar la identidad de un niño, falseando la filiación biológica inscribiéndolo como propio. Apropiar es un acto delictivo y es fundamental que no se confunda con adoptar. Tampoco hay que perder de vista el hecho de que las apropiaciones inciden en la adopción, disminuyendo el número de niños que podrían ser adoptados”, explicó Parino.
“En la apropiación el eje es la necesidad de una pareja de tener un niño y en la adopción el eje es el niño y su derecho fundamental de insertarse en una familia”, apuntó.
Adopción
“La adopción es un proceso legal por el cual un niño accede a tener su familia. La adopción garantiza que no sea negado el origen biológico del niño, garantiza que tenga conocimiento de la verdad sobre la forma de constitución de su familia y que tenga acceso -si así lo cree necesario- a los datos de su historia previos a la adopción”, explicó.
“En nuestra sociedad de consumo la inmediatez es una premisa: rápidamente se accede o no al objeto que se quiere. Adoptar no es fácil, requiere tiempo. Implica el atravesamiento de situaciones dolorosas tanto de los niños como de las parejas, que requieren la elaboración subjetiva necesaria para que se produzca el encuentro de la familia deseada”, acotó.
Sabido es que la adopción puede llevar un tiempo prolongado, que a veces exaspera y altera a la pareja o persona que quiere hacerla. Ante esta realidad, Parino opinó: “Que los tiempos no sean excesivos es un postulado que debe defenderse porque afecta a la calidad de vida de los niños. Pero es cierto que para nuestra cultura y sociedad la biología opera como obstáculo por su peso predominante a la hora de considerar qué es una familia.
Tanto insistir excesivamente con la biología como borrarla son dos caras de una misma moneda, de la dificultad para considerar que adoptar es una forma más de ser familia que debemos defender”.
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