Madres ceden a sus hijos en adopción sin informarles de consecuencias jurídicas
Un estudio elaborado por investigadores de la Universidad Pontificia de Comillas revela que las mujeres que dan en adopción a sus hijos recién nacidos en los centros hospitalarios lo hacen en algunos casos sin siquiera ser informadas sobre las consecuencias jurídicas de esta decisión o sin haber recibido el apoyo de un trabajador social que las guíe en el proceso.
El trabajo, elaborado por la investigadora Blanca Gómez Bengoechea, se centra en analizar el proceso de la cesión de un hijo en adopción tanto en la fase preparto como en el parto y en el momento posterior, a partir de entrevistas con 40 hospitales y con los responsables de protección de menores de las comunidades autónomas.
En total, una media de 800 mujeres dan en adopción a sus hijos cada año en España y de ellas, un tercio lo hace en el centro hospitalario, pero «el cómo se hace depende muchísimo del lugar en el que se dé a luz», ya que, conforme concluye el estudio, no hay uniformidad en la atención a las madres ni a los recién nacidos, ya no a nivel nacional, ni siquiera dentro de algunas comunidades autónomas o de algunas provincias.
«Nos hemos encontrado con que no siempre se informa correctamente de las consecuencias jurídicas y aunque se da en porcentajes bajos, el hecho de que una sola mujer esté dando a su hijo en adopción sin que haya sido informada completa y correctamente de lo que supone a nivel jurídico es muy relevante», explica la investigadora en declaraciones a Europa Press.
No se trata sólo de carencias informativas sobre el proceso a nivel jurídico, sino también en lo que respecta al plano personal y emocional. «Es especialmente problemático», ha señalado Gómez, para apuntar que «no siempre se da información completa a las madres» sobre cuestiones como si puede dejar una carta a su hijo, elegir su nombre, conocerle o estar con él en la habitación tras el parto.
«No existen documentos informativos para madres y la información se presta sólo a petición suya. En porcentajes no muy altos es el profesional el que toma la iniciativa, pero sólo cuando considera que el caso es de riesgo y ve oportuno dar la información para que la madre decida. Generalmente, las explicaciones sólo vienen cuando ella las solicita», ha señalado.
En este sentido, ha destacado que durante la investigación han descubierto «situaciones esperpénticas, como que no haya un trabajador social los fines de semana» en el centro hospitalario. «Se puede dar el caso de que una mujer que ha manifestado su intención de dar en adopción a su hijo, de a luz el sábado y se vaya de alta el lunes con el bebé en brazos sin que nadie se haya enterado de que ha dado a luz, que estaba en una situación vulnerable y que quería dar en adopción», ha señalado.
Demasiado tiempo tiempo con la herida abierta
Otra de las carencias del sistema que ha puesto de manifiesto el estudio es la relativa al proceso de asentimiento. En la actualidad, el consentimiento de la madre para dar al hijo en adopción no es tal hasta que no han pasado 30 días desde el momento del parto, plazo durante el que puede dar marcha atrás a su decisión. Este periodo está pendiente de ampliación a 45 días desde el año 2008, cuando España suscribió el Convenio Europeo de Adopción que así lo plantea.
El problema llega cuando, pasados seis meses, la mujer debe ratificarse ante el juez –en España las adopciones están siempre judicializadas–. «Este momento puede llegar a retrasarse hasta un año. Es una incertidumbre para el niño, para la familia que lo va a adoptar y para la madre, que no termina de cerrar este asunto y superarlo y que tiene además que estar pendiente de notificaciones judiciales», explica la investigadora.
En este sentido, señala un problema burocrático añadido: «¿dónde mandas las notificaciones? ¿y si en el domicilio de la madre no saben que ha estado embarazada y ha dado el hijo en adopción?», plantea. El estudio ha puesto sobre la mesa otras deficiencias del proceso, como que muchas mujeres se vean obligadas a inscribir a sus hijos en el registro civil correspondiente e incluso empadronarlos en su dirección aún cuando ya los han dado en adopción y están en manos de los servicios sociales.
Suprimir el doble consentimiento
Además, Gómez plantea la situación en que se quedan esos niños, que dependiendo de la comunidad autónoma, pueden acabar en un centro de menores, en brazos de una familia de acogida de emergencia o con quienes será definitivamente su familia adoptiva.
El Ministerio de Sanidad anunció el pasado mes de julio su intención de elaborar un protocolo socio sanitario para unificar la atención a las madres en todas las comunidades autónomas y garantizar que reciben la información necesaria en el proceso. Además, trabaja en una reforma de la Ley de Protección del Menor que impulsará la acogida familiar en detrimento de los centros de menores para los niños de 0 a 3 años de edad.
En paralelo, el Ministerio de Justicia ha avanzado que se reformará la Ley de Registro Civil para que la madre no esté obligada a inscribir a su hijo en estos casos y evitar que conste su domicilio en el empadronamiento del bebé. Asimismo, se incorporará la ampliación prevista a 6 semanas del plazo de reflexión de la madre y se modificará la legislación procesal para evitar que tenga que renovar su consentimiento ante el juez, según fuentes oficiales consultadas por Europa Press.
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