La disposición adoptiva
En los adultos, la disposición implica el pasaje del “yo quiero un hijo” a “ yo estoy dispuesto a ese niño”. Las autoras analizan lo que se pone en juego allí y también en los niños con estado de adoptabilidad.
“La disposición ética obliga a examinar los posibles en una situación- no sólo a esforzarse en el camino de los ideales sino sobre todo a comprometer el pensamiento en la búsqueda de los posibles”.Ignacio Lewcowitz
Si decimos que en los procesos de adopción lo omitido es la disposición adoptiva, simplemente intentamos, con esta formulación, visibilizar el valor crucial del trabajo subjetivo previo que requiere embarcarse en un proyecto adoptivo. A diferencia de la parentalidad biológica, la filiación por adopción implica en toda circunstancia el esfuerzo de precisar el entramado deseante, así como también la construcción simbólica de los lugares parento filiales.
En este sentido, no omitir la necesariedad de la puesta en forma de la disposición adoptiva es nuestra orientación de trabajo, y nuestra apuesta en la clínica de la adopción.
Definimos la disposición adoptiva como la posibilidad de disponerse al arribo de un otro que advendrá a un lugar filiatorio y parental.
Es fundamental comprender que esa disposición es una disposición deseante, es decir, una disposición vital de amparar y sostener a un otro que será hijo.
En nuestro equipo de trabajo hablamos dedisposición adoptiva porque no hallamos en los términos tradicionales, como compatibilidad o disponibilidad, la resonancia de lo que para nosotras implica el trabajo subjetivo de poder advenir a un vínculo parento filial por adopción.
La disponibilidad adoptiva remite en nuestra sociedad al orden de los bienes, algo disponible, vacante para su compra. Eventualmente detrás del anhelo de adoptar resuena una exigencia de obtener un hijo a toda costa bajo la lógica de las reglas del mercado.
Tratando entonces de alejarnos de la idea de disponibilidad, tampoco podíamos acercarnos a la de compatibilidad adoptiva, debido a que comprendíamos que ese término desmiente la diferencia radical necesaria para construir una vincularidad que sostenga el lugar filiatorio.
La compatibilidad en los vínculos tiende a anular la diferencia, ya sea desde la similitud o la complementariedad.
Así es como comenzamos a pensar en la disposición adoptiva, entendiendo que no implica la misma operación para los niños que para los adultos.
Disposición adoptiva en adultos
En los adultos la disposición implica el pasaje del “yo quiero un hijo” a “ yo estoy dispuesto a ese niño”.
Este pasaje requiere de la deconstrucción de al menos tres cuestionesfundamentales: los modelos familiaristas, la propiedad de hijo y la parentalidad biológica.
Respecto de los modelos familiaristas diremos que el parentesco adoptivo difiere del modelo de familia tradicional y lo pone en cuestión. Frecuentemente un hijo será hermano de niños que viven con otros padres; otras veces el niño seguirá vinculado a alguno de sus padres biológicos; y aunque nada de esto ocurriese, la adopción se funda en un vínculo filiatorio no consanguíneo.
La parentalidad adoptiva nos convoca a la posibilidad de habilitar múltiples alianzas con otros adultos basadas en el deseo de ser padres de ese niño que nos requiere.
Cuando un preadoptante refiere estar dispuesto a lo que el/ ella necesite, situamos en este dicho que ese adulto ha logrado construir una disposición al encuentro con el niño real.
Dice Tortorelli que la adopción es concebida como un recibir aquello que se supone “ajeno”, lo cual habilita a entender que hay hijos propios, los biológicos; e hijos ajenos, que provienen de otros. La adopción cuestiona la parentalidad de sangre y todo su universo simbólico.
Deconstruir la idea de hijo propio es una tarea compleja que deben hacer los adultos que desean adoptar. Desde luego que no se trata de dejarlo por fuera, sino de construir un lugar de hijo por fuera de la idea de propiedad. No existen apriori los lugares de hijo, padre y madre. Lo que existe es una producción vincular entre un niño/ adolescente y un adulto que construirá lugares a partir de ese encuentro. Es necesario tener en cuenta que las aptitudes de cuidado y registro de las necesidades y particularidades del otro no son suficientes si no se acompañan desde el deseo de ahijar. A esto llamamos disposición deseante.
En nuestra práctica nos hemos encontrado con adultos inscriptos en el registro de adoptantes, con capacidades de cuidado, próximos a iniciar una vinculación por adopción, cuyos proyectos no se sostenían en el deseo de ahijar. En el espacio de trabajo con ellos se pudo localizar que la adopción resolvía imaginariamente cuestiones familiares y de pareja.
Trabajar con los proyectos adoptivos es también acompañar a los adultos a pensar su proyecto vital y que puedan decidir dejar caer la adopción como única posibilidad de orientar el deseo.
¿Qué está en juego en los niños?
Respecto de los niños con estado de adoptabilidad diremos ante todo que el estado de adoptabilidad es una declaración judicial que indica que han finalizado los intentos de restablecer la convivencia del niño con su familia de origen; a diferencia de la disposición adoptiva que implica subjetivar el estado de adoptabilidad, siendo el final de un proceso que requiere el consentimiento íntimo del niño.
Es fundamental trabajar con los niños su disposición, y para ello se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones del proceso subjetivo en juego: construir un relato posible que implique a sus primeros otros; situar en el relato qué lugar tiene el otro parental; y no dejar de considerar el lugar de los vínculos fraternos, de forma tal que se habilite la diferenciación en las posibilidades de cada niño respecto de la adopción.
En este sentido resulta imprescindible agudizar la escucha para determinar si existe o no vínculo fraterno, es decir, no dar por supuesto que la consanguineidad construye per se el lazo entre hermanos.
Nada se ha comprendido si creemos que darles padres a un grupo de hermanos es más importante que sostener su fraternidad, de la misma forma que pretender forzar lo fraterno cuando no está consolidado el vínculo.
En relación a este punto es prioritario rever la organización institucional de los hogares de cuidado que separan a los hermanos por edad o sexo, teniendo en cuenta que los espacios de cuidado alternativos a la familia deberían respetar las mismas condiciones subjetivantes.
Debemos entender que no todo niño o adolescente podrá consentir o disponerse a una filiación adoptiva. Para muchos de ellos lo familiar es lo siniestro, y han logrado construir en los espacios convivenciales formas alternativas de ser cuidados que no los confrontancon la complejidad de lo familiar.
No estamos diciendo que estos niños o adolescentes no requieran de otros adultos que los amparen y sostengan, sino que estos otros deben advenir, necesariamente, a vínculos no filiatorios.
Trabajar la disposición adoptiva implicará siempre tener presente el abordaje desde la singularidad, el dar lugar a la imposibilidad y el sostenimiento de la pregunta por el otro. Sólo desde estas coordenadas éticas podremos acompañar a los niños y adolescentes a construir un lugar posible, habitable para poder existir.
Laura Lombardi, Yanina López, Lucila Nístico y Guillermina Valencia
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Este trabajo fue presentado en las Jornadas Nacionales de Adopción, Santiago del Estero.